Antes de la revolución hubo mujeres desde una posición individual plantearon reivindicaciones en pro de la igualdad femenina. Hubo que esperar a la Revolución Francesa para que la voz de las mujeres empezara a expresarse de forma colectiva.
Los ilustrados franceses que elaboraron el programa ideológico de la revolución destaca la figura de Condorcet (1743-1794), quien en su obra Bosquejo de una tabla histórica de los progresos del Espíritu Humano (1743) reclamó el reconocimiento del papel social de la mujer. Condorcet comparaba la condición social de las mujeres de su época con la de los esclavos.
En 1789 surgió una contadicción evidente: una revolución que se basaba en la justificacion en la idea universal de la igualdad natural y política de los seres humanos y de su igualdad respecto al resto de los individuos.
Olimpia de Gouges(autora teatral y activista revolucionaria):
- Fue la protagonista de la contestación femenina.
- En 1791 publicó la Declaración de los Derechos de la Mujer
- Y también en 1791 de la Ciudadana, que era un calco de la Declaración de los Derechos del Hombre.
- Y del Ciudadano aprobada en la Asamblea Nacional en Agosto de 1789.
- Denunció que la revolución hubiera olvidado a las mujeres en su proyecto igualatorio y liberador
Afirmó que:
”Mujer nace libre y debe permanecer igual al hombre en derechos” y que “la Ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y los Ciudadanos deben contribuir, personalmente o por medio de sus representantes, a su formación”.
El encarcelamiento y ejecución de Olimpia de Gouges durante el período de la dictadura jacobina simbolizó el fracaso de las reclamaciones feministas durante la revolución.
El Código Civil napoleónico (1804), en el que se recogieron los principales avances sociales de la revolución, negó a las mujeres los derechos civiles reconocidos para los hombres durante el período revolucionario (igualdad jurídica, derecho de propiedad…), e impuso unas leyes discriminatorias, según las cuales el hogar era definido como el ámbito exclusivo de la actuación femenina.
Los revolucionarios pensaban que el cambio sobre la familia, mucho más drástico de lo que ellos deseaban, podría minar las bases del Estado y la sociedad. Mujeres emancipadas de su papel de madre y esposa, a las que tachaban de aventureras, no cumplían con el papel que el “orden natural” les había encomendado.
- Alguna información sobre el Matrimonio y Divorcio.
El matrimonio, institucionalización religiosa de la unidad familiar, se secularizó, siendo considerado un contrato civil. A partir de este momento, el Estado interviene en las uniones matrimoniales mediante un representante que garantiza la legalidad de la unión, sin cuya presencia la ceremonia carece de validez.
Además de sobre el matrimonio, otros aspectos relacionados con el ámbito familiar se vieron afectados por la inmiscusión del Estado en los asuntos privados. Así, por ejemplo, se regularon los procesos de adopción, se otorgaron ciertos derechos a los hijos naturales, se legalizó el divorcio y se restringieron los poderes paternos, en especial la facultad de desheredar a los hijos.
Una sociedad de individuos libres y felices, pensaban, sería necesariamente libre y feliz. Así, el Estado debía garantizar y velar por la libertad individual, interviniendo en contra de instituciones que la coartaban o limitaban, como la familia o la Iglesia, aun a costa de mostrarse a sí mismo paternalista o tiránico.
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